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El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) presenta un escrito de alegaciones al proyecto de Orden
 
 
2 de junio de 2014.
 
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) ha presentado un escrito de alegaciones al proyecto de Orden por la que se establecen los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las Entidades Locales. A través de este escrito, el ICJCE, que siempre ha mostrado su convencimiento de que es necesario mejorar los mecanismos e instrumentos de control en el gasto del sector público, destaca la oportunidad y el acierto que merece la disposición proyectada, por su contribución a la consecución de los objetivos marcados a raíz de la reforma de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,operada mediante la introducción de un nuevo artículo 116 ter por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
 
A través de sus alegaciones, el ICJCE ha puesto de manifiesto que, a su juicio, el proyecto de Orden lleva a cabo un desarrollo adecuado de las exigencias legales. No obstante, el Instituto considera que, dada la importancia del cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las Entidades Locales y de las consecuencias del mismo, es imprescindible el control, la revisión y la transparencia de dicho cálculo, como mínimo en las entidades dependientes de los entes locales. En este aspecto, los auditores inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) pueden contribuir a garantizar la adecuación del cálculo del coste efectivo de los servicios a los criterios previstos en la Orden proyectada, en aras de la transparencia del sector local.
 
En consecuencia, el Instituto sugiere la inclusión en el proyecto de Orden de un precepto por el que se haga constar la exigencia de la intervención de un auditor de cuentas, proponiendo un borrador a estos efectos. Esta intervención se articularía a través de un informe de procedimientos acordados, sin la consideración de informe de auditoría de cuentas, de acuerdo con la legislación vigente en esta materia. Además, se expresa la conveniencia de que el nuevo precepto precise el contenido del informe así como los procedimientos necesarios para su emisión.
 
El ICJCE considera que la utilidad del mecanismo de transparencia previsto por el legislador al exigir a las Entidades Locales el cálculo anual del coste efectivo de los servicios que prestan depende de la concurrencia ineludible de dos elementos: la introducción de criterios homogéneos de cálculo de aplicación obligatoria en todo el sector local, finalidad a la que responde el proyecto de orden, y la previsión de medidas de garantía del cumplimiento de dichos criterios.
 
Desde esta perspectiva, la intervención de los auditores de cuentas, al menos en el supuesto de entidades dependientes o vinculadas a las Entidades Locales que apliquen el plan general de contabilidad, se revela como instrumento idóneo para asegurar la transparencia del cálculo del coste efectivo de los servicios, con el consiguiente beneficio para la calidad de la información económico-financiera.
 
Mario Alonso, presidente del ICJCE, ha enviado una carta a Antonio Beteta, secretario de Estado de Administraciones Públicas, felicitando al organismo por el proyecto de Orden ministerial y detallando todas las consideraciones que se explican en el escrito de observaciones presentado en el trámite de información pública.
 
Información Adicional:
 
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, creado en 1942, es una Corporación de Derecho Público vinculada orgánicamente al Ministerio de Economía y Competitividad, con personalidad jurídica. Entre sus objetivos centrales se encuentra mantener la más alta calidad profesional, el cumplimiento de las normas deontológicas, la formación permanente de sus miembros y la promoción de la auditoría como pieza clave del sistema económico. El sector con más de 1.390 sociedades y firmas de auditoría genera una facturación de más de 728 millones de euros.Todas las sociedades cotizadas en mercados bursátiles (IBEX y secundario) son auditadas por firmas de auditoría que pertenecen a una de las tres Corporaciones profesionales representativas de los auditores de cuentas. Los auditores realizaron durante 2012 (últimos datos disponibles)más de 62.000 trabajos de auditoría.
 
Para más información:
 
Instituto de Censores Jurados de Cuenta de Espanña (ICJCE)
Departamento de Comunicacioón: Felicia Novalbos / Tatiana Nogueras
Teléfono: 91 446 03 54 E-mail: comunicacion@icjce.es

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